OPINION: El gobierno del pueblo, por el pueblo y para el pueblo”: Montesquieu
A propósito de la elección judicial
Doctor Santiago Bernabé
Los grandes pensadores del contractualismo, Thomas Hobbes, Jacques Rousseau y John Locke fueron los generadores del Contrato Social, en donde la base fundamental es la cesión por parte del ciudadano de su LIBERTAD al que en su momento se le denomino el ESTADO (LEVIATAN) a cambio de seguridad y protección.
Tanto, Hobbes, Rousseau, Locke y que, junto a Montesquieu, fueron los que generaron los cimientos de lo que hoy conocemos como EL ESTADO MODERNO, cuya principal característica es la SEPARACION Y EL EQUILIBRIO DE PODERES, es decir la DIVISION DE PODERES, llámese EJECUTIVO, LEGISLATIVO Y JUDICIAL.
En México, de acuerdo al artículo 49º Constitucional, el Supremo Poder de la Federación, se divide para su ejercicio en Ejecutivo, Legislativo y Judicial, el poder Ejecutivo(artículo 80º Constitucional) se ejerce a través de una persona llamada(o) Presidenta de la República, el poder Legislativo (artículo 50º Constitucional) se ejerce a través del Congreso General y este se divide en la Cámara de Senadores (Cámara alta) y la Cámara de Diputados (Cámara baja) y el Poder Judicial de la Federación(artículo 94º Constitucional) se ejerce a través de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en un Tribunal Electoral, en Plenos Regionales, en Tribunales Colegiados de Circuito, en Tribunales Colegiados de Apelación y en Juzgados de Distritos. La administración, vigilancia y disciplina del Poder Judicial de la Federación, estará a cargo del Consejo de la Judicatura.
En nuestro México contemporáneo, es de suma importancia la DIVISION DE PODERES, de tal manera que no haya un avasallamiento de un poder sobre otro, es decir un perfecto equilibrio de poderes, ¿bueno eso indica la teoría y en la praxis?
Resulta que quien propuso la REFORMA JUDICIAL fue el PODER EJECUTIVO respaldado por el PODER LEGISLATIVO, cuando en la sana política, la metamorfosis debió haberse generado en el interior del poder que hoy por hoy, la mitad del PODER JUDICIAL estará sujeto al escrutinio popular.
Es necesario señalar, una gran diferencia entre una campaña política y una campaña judicial, la primera se distingue por las grandes movilizaciones, propaganda, discursos, partidos políticos y con ello un gran derroche de recursos públicos.
Las “Campañas Judiciales” se están distinguiendo por la sobriedad, escases de recursos económicos, discursos poco entendibles, pero sobre todo fuera de cancha de los “candidatos”, ¡que en mucho de los casos no conocen a sus electores y mucho menos a la inversa!
¿Sera que, al concurrir a votar este 1 de junio, estaremos convalidando el avasallamiento de dos poderes sobre uno? o en su defecto, ¿estaremos dando los primeros pasos para estar limpiando la casa del PODER JUDICIAL mediante el voto popular?
Lo verdaderamente interesante seria que el NUEVO PODER JUDICIAL que surgirá a partir del 2 de junio, convoque a una REFORMA MINISTERIAL, para que los Ministerios Públicos, Policías de Investigación y personal administrativos, sean electos por el voto popular. Para que entonces sí, comencemos a pensar en una VERDADERA IMPARTICION DE JUSTICIA.
Ya lo expreso el gran pensador Jacques Rousseau: “No hay nueva sociedad sin el reconocimiento de la fuerza vital de los pueblos
